Consultas on line

Nuestro servicio de Consultas on line, le permite formular su consulta, con la misma eficiencia de una consulta presencial, recibiendo respuesta oportuna por correo electrónico, en un plazo de 24 a 48 horas (días laborables), una vez verificado el pago.

La consulta básica tiene un costo de cincuenta euros (50 EUR). Si se trata de una consulta compleja, se le indicará el costo de la misma.

Pasos para plantear la consulta:
1 – Formular consulta al correo consultas@abogadosvila.com

2 – Recibido su correo, le responderemos con la confirmación de los honorarios de la consulta y referencia, a fin de que pueda realizar el pago según la modalidad que elija.

3.- Modalidad de pago: mediante ingreso o transferencia en la cuenta que se indique en el correo de confirmación.

4.- Resolución de consulta: verificada la consulta, se procederá a resolver la misma por correo electrónico.

La Nacionalidad española se adquiere bien por Opción, o bien por Residencia en España por el tiempo exigido en el Código Civil. Excepcionalmente también se adquiere por Carta de Naturaleza otorgada discrecionalmente mediante Real Decreto.

  1. Asesoría en la tramitación: En este ámbito prestamos la asesoría necesaria para la correcta tramitación de los procedimientos y expedientes de opción o solicitud de nacionalidad española. Especial atención merece toda la tramitación que se hace ante los Consulados Españoles, pues una mala interpretación, o errónea información en las representaciones consulares en el extranjero, podría originar una tramitación incorrecta, que necesariamente terminaría en la denegación de la opción de nacionalidad.
  2. Recursos ante el Ministerio de Justicia por denegación de la nacionalidad: si una vez tramitada la opción o solicitud de nacionalidad, ésta fuera denegada, el solicitante tiene derecho a interponer el recurso correspondiente ante el Ministerio de Justicia, en los plazos legalmente establecidos. Para la redacción e interposición del recurso, prestamos nuestra asesoría a aquellas personas afectadas por la denegación.
  3. Nacionalidad española de origen para hijos y nietos de españoles: Conforme a la DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, el próximo día 27 de diciembre de 2008, podrán adquirir la nacionalidad española de origen: a) Aquellos cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español; b) Los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio. En estos casos, nuestros servicios abarcan la asesoría y asistencia en la tramitación del expediente de nacionalidad, así como los posibles recursos contra una denegación de la solicitud.

Bienvenida

Bienvenidos a la Web del despacho de Jorge D. Vila Ramirez, en donde siempre contará con un servicio de calidad y atención personalizada, en todos aquellos asuntos jurídicos relacionados con el derecho de extranjería.

Nuestros servicios van dirigidos tanto a los particulares, como a empresas transnacionales o nacionales, con relaciones jurídico-económicas-comerciales con países del extranjero y a empresas procedentes del extranjero.

Aspectos tan variados, desde la tramitación de la autorización de trabajo y residencia, la homologación de estudios extranjeros o el exequátur de sentencias de divorcio, hasta la constitución de sociedades mercantiles o el establecimiento de filiales en España por empresas latinoamericanas, redacción de contratos mercantiles internacionales o la asesoría en materia de inversiones en Latinoamérica y España, con la colaboración de despachos en Latinoamérica.

Jorge D. Vila Ramirez